Image
Image

Animales sueltos, aplicación del Código de Convivencia.

En virtud de las denuncias registradas, y a los efectos de preservar las buenas relaciones entre vecinos, la Municipalidad de Villa Giardino, procedió a la contratación de una persona que cumplirá con la función de “arriero”, responsable del traslado de animales sueltos en la vía pública.

El procedimiento para efectuar el traslado será el siguiente:
Realizar el llamado a la policía local al tel 101 o 491232, avisando sobre la presencia de animales sueltos.

La autoridad policial, se comunicará con el arriero y labrará el acta de secuestro dado intervención a la Jueza de Paz.

La Jueza de Paz liberará la orden de retiro, previa aplicación de lo establecido en los art. 92 y 93 de la Ley 10326.

A consecuencia de las constantes infracciones registradas al Código de Convivencia Ciudadana de la Provincia de Córdoba (Ley 10326), recordamos a los tendedores de animales los siguientes artículos:

Artículo 92.- Presencia de animales en predios ajenos. Serán sancionados con hasta cinco (5) días de trabajo comunitario, multa de hasta diez Unidades de Multa (10 UM) o arresto de hasta tres (3) días los que permitan a su ganado mayor o menor pastar o pasar a predios ajenos sin el consentimiento de su propietario, administrador o tenedor.

Artículo 93.- Deambulación de animales. Serán sancionados con hasta cinco (5) días de trabajo comunitario, multa de hasta diez Unidades de Multa (10 UM) o arresto de hasta tres (3) días los propietarios o tenedores de animales que los dejen deambular por la vía pública o por lugares de uso público, con riesgo potencial de producir daños a terceros o a sus bienes.

Foto ilustrativa

caballos sueltos RUTA 38

× Progressive Web App | Add to Homescreen

Para instalar esta Web App en su iPhone/iPad presione el ícono. Progressive Web App | Share Button Y luego Agregar a la pantalla de inicio.

Desconectado