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12 de Abril de 2016               Fuente: Secretaria Consejo de la Ciudad

Convocatoria para elegir al Defensor del Vecino

El Consejo de la Ciudad convoca a ciudadanos/as de La Falda, que se consideren con aptitudes para asumir el cargo del Defensor del Vecino presentarse para la respectiva selección.

Requisitos:

               1-Carta de presentación o intención. (Un trabajo escrito donde se presente, comente sobre su personalidad, vocación de servicio, intención de trabajo, etc).

                2-Currículum vitae.

               3-Aval de una Institución de la Ciudad de La Falda. (Fundación, Club deportivo, Centro Vecinal, Establecimiento Educativo, Asociación, Cooperativa, etc. reconocido por la Municipalidad de La Falda).

Los requisitos deberán estar dentro de un sobre cerrado tamaño A4 que deberá presentarse en el SUM donde funciona el Consejo, sito en Av. Edén Nº 887 los días jueves de 21:30 hs a 23:00 hs. (Horario de los Plenarios).

Para ser designado Defensor del Vecino se requieren los mismos requisitos y se tienen las mismas inhabilidades e incompatibilidades que las previstas para los miembros del Poder Legislativo.

Artículo 44 de la Carta Orgánica Municipal:

 Para ser concejales se requiere:

              1. Ser elector del circuito.

              2. Haber cumplido veintiún (21) años de edad al momento de su elección.

          3. Quienes sean ciudadanos argentinos, tener al tiempo de su elección no menos de cinco (5) años de residencia inmediata y continua en el Municipio, la que se acredita con la constancia registrada en su documento electoral y/o las obrantes en los registros electorales municipales.

            4. Quienes no tengan ciudadanía argentina:

                             a) Tener al menos diez (10) años de residencia inmediata y continua en el Municipio al momento de su elección;

                                  b) Haber ejercido en los últimos diez (10) años el derecho electoral activo;

                                  c) Expresarse claramente en el idioma castellano;

                                  d) Acreditar al menos una de las siguientes calidades:

   1. Tener cónyuge argentino;

   2. Ser padre o madre de hijo argentino;

   3. Ser contribuyentes de pagos de tributos a la Municipalidad de La Falda.

                               En ningún caso el cómputo de la residencia es interrumpido por ausencia a causa del desempeño de cargos electivos nacionales o provinciales, ni por el ejercicio de funciones políticas o técnicas al servicio de la Nación, Provincia, Municipio o en organismos nacionales, internacionales o extranjeros de los que estos formen partes.

Plazo de la presentación: 12 de mayo de 2016.

Generalidades, según Artículo N°1 de la Ordenanza N° 1023:

Entenderá el  Defensor del Vecino sobre:

La Defensa de los derechos de la Vecindad.

La eficiencia en la prestación de los servicios municipales.

La corrección de arbitrariedades o desviaciones del Poder.

La corrección de errores u omisiones administrativas.

La defensa y protección de los Derechos Humanos, difusos y del Medio Ambiente.

La defensa de los Derechos y garantías de Vecinos y visitantes, tutelados por la Constitución Nacional, la Constitución Provincial, la Carta Orgánica Municipal, Leyes y Ordenanzas en vigencia.

El Asesoramiento sobre Procedimientos y estado de trámites administrativos.

                            FRANCISCO VILLANUEVA                     EDUARDO LENTINI

                                  SECRETARIO 2016                                 PRESIDENTE 2016

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